Las presentes cláusulas constituyen todos los términos y condiciones del contrato de transporte celebrado
entre el cliente y LA EMPRESA.
Al momento de expedirse el boleto de viaje, el cliente acepta y se somete voluntariamente y sin restricción al
conocimiento a las siguientes cláusulas generales de contratación y a todas las que se regirán vigente momento
de la emisión del referido boleto.
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Las tarifas expuestas en la página web y otros medios estipados por la normativa sectorial son referenciales
y pueden variar de acuerdo con las características y condiciones en las que se ofrezca el servicio, sin
previo aviso debido a la naturaleza del servicio y/o las condiciones en las que se presten.
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El boleto de viaje es personal y puede transferirse únicamente a solicitud del Pasajero: (i) previa
identificación; (ii) el pago del gasto administrativo correspondiente y; (iii) el pago por nivelación de
tarifa, en caso el nuevo boleto tenga un valor mayor al precio del nuevo boleto; es menor, no habrá
devolución de la diferencia.
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Los niños de cinco (05) años deben ser registrados de manera obligatoria en las ventanillas antes del
embarque. Infantes, no tienen derecho a asiento, equipaje, alimentación, cambios y/o devoluciones. Los niños
mayores de cinco (05) años pagan boleto de viaje completo. Los adultos mayores a partir de los 70 años y los
menores de edad que viajan solos pagan boleto completo panamericano.
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El Pasajero es responsable de verificar los datos consignados en el Boleto de viaje sean conformes y de
acuerdo a su solicitud, al momento de embarcarse. El pasajero podrá solicitar la corrección de datos.
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El Pasajero tiene la obligación de consignar datos completos, reales y verídicos, durante el proceso de
compra. La empresa no será responsable del registro de datos falsos, incompletos, inexactos.
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En caso de pérdida o cambio del boleto, el Pasajero podrá pedir un duplicado, previo pago de los gastos
administrativos.
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El embarque y desembarque de pasajeros solo puede ser en las Terminales o Estaciones autorizadas.
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Empresa prohíbe el desplazamiento del Pasajero del bus en el que será transportado a la hora elegida y, por
ello, el Pasajero debe presentarse treinta (30) minutos antes de la hora de viaje. En caso de que no se
presente el Pasajero, no se le permitirá ingresar. El Cliente que presente su boleto de viaje o no lleve
consigo su boleto de viaje físico, virtual y los menores de edad que viajan solos o acompañados de personas
(sin el Carné de identificación físico) y vigente para embarcarse, el Pasajero perderá automáticamente el
derecho a viajar y el valor del boleto de viaje pagado.
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La hora de Embarque en las escalas es referencial. Considerando que el Bus se encuentre en tránsito y está
sujeto a factores ajenos a LA EMPRESA. Los menores acompañados de terceros distintos a cualquier de sus
padres deberán presentar de forma obligatoria el permiso notarial o emitido por un juez de paz. Físico y
vigente para embarcarse; dicho documento puede ser emitido notarialmente o por consulado de sus padres. Los
menores de 12 años deberán viajar obligatoriamente bajo el acompañamiento de sus padres o un mayor de edad
autorizado.
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Se aceptarán cambios y postergaciones (en forma presencial del titular), hasta 4 horas antes de la hora del
viaje impresa en el boleto, previo cambio administrativo, mismo que se encuentra sujeto a disponibilidad de
plazas dentro del plazo de 45 días calendario subsiguientes, contados desde la fecha inicial de Viaje.
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Pasajero tiene derecho a 20 kilos de equipaje (maletas, maletines o similares). El exceso será admitido
cuando la capacidad del ómnibus lo permita, previo pago de la tarifa vigente. La Empresa no se
responsabiliza por objetos de valor no declarados en el embarque y transportados como equipaje. La pérdida,
daño parcial o total del equipaje en bodega será cubierto en la forma prevista en el Reglamento Nacional de
Administración de Transportes.
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LA EMPRESA no se responsabiliza por la pérdida de equipajes en la cabina de pasajeros; es custodia y de
exclusiva responsabilidad del Pasajero.
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El Pasajero no podrá portar armas u objetos prohibidos por Ley; que puedan poner en riesgo la seguridad de
los pasajeros. Es obligación del pasajero permitir y dar todas las facilidades al personal de la empresa
para que efectúe la revisión de su equipaje de mano y de su persona. Los Pasajeros con licencia de SUCAMEC,
deberán brindar la facilidad para que sea despachada mediante custodia en una caja fiscalizada en la oficina
de LA EMPRESA.
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El Pasajero no podrá viajar bajo la influencia de alcohol y/o cualquier droga, así como su estado de salud
visiblemente no sea adecuado para viajar (salvo presentación de un certificado médico) perdiendo el valor de
su Boleto.
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El retraso en el servicio generado por caso fortuito o fuerza mayor, en días feriados o de mayor afluencia
vehicular (accidentes de tránsito, desvíos por eventos o trabajos en la carretera), no genera
responsabilidad de la Empresa por los daños o perjuicios que estas demoras puedan ocasionar al pasajero.
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En caso de presentarse alguna eventualidad en el lugar de origen o destino (por ejemplo: huaycos, huelga, o
cualquier evento), la empresa de transporte realizará el transbordo en ómnibus estándar (propios o de
terceros). Si por causas ajenas, la empresa de transporte se ve imposibilitada de hacer el transbordo, se
reembolsará el monto equivalente al tramo de viaje no recorrido.
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LA EMPRESA no se responsabiliza por falla o interrupción en la prestación de beneficios adicionales (WiFi,
tomacorriente, pantalla táctil u otros) otorgadas en calidad de cortesía, no siendo parte del servicio
contratado.
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Está prohibido transportar en cabina, animales (excepto perros lazarillos debidamente certificados en el
CONADIS), armas, explosivos, inflamables, químicos y sustancias.
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LA EMPRESA no otorgará devoluciones de dinero, sólo postergaciones de acuerdo a las condiciones previas.
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El Pasajero viaja asegurado mediante una póliza de accidentes personales (SOAT) cuya cobertura es fijada por
ley. El Pasajero al viajar acepta y se sujeta las condiciones pactadas por la Empresa con la compañía
aseguradora.
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Las partes convienen que las controversias serán resueltas por los Jueces de la ciudad de Lima a cuya
competencia se les somete expresamente.